Nuevas medidas en situaciones de embarazo o lactancia en el ámbito de la Diputación General de Aragón
Las medidas contempladas resultarán de aplicación a las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia del ámbito sectorial de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a partir del 28 de abril de 2022.
Estas son las medidas
- En los supuestos de cambio puesto de trabajo o adaptación del mismo, por motivos de salud, apreciados por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, que supongan la exención de prestar servicios de guardia, la empleada pública percibirá las mismas retribuciones, incluida la atención continuada que corresponda según el calendario laboral, de su puesto de trabajo de origen o, en caso que no sea posible, el promedio de lo percibido en los doce meses anteriores, durante el periodo que se mantenga dicha situación.
- La empleada pública que preste servicio en turno de noche, será eximida, previa solicitud, de la prestación de servicios en dicho turno, durante el periodo que se mantenga dicha situación, sin que ello suponga merma retributiva.
- Las empleadas públicas que no hayan podido disfrutar del permiso por asuntos particulares a que tengan derecho, con anterioridad al 15 de enero del año siguiente al de su generación, por causa no imputable a la interesada, podrán disfrutarlos tras su incorporación una vez agotados los permisos por nacimiento y, en su caso, por lactancia acumulada, a continuación de las vacaciones reglamentarias pendientes de disfrute, dentro del año natural siguiente.
- Las empleadas públicas tendrán derecho a un permiso retribuido a partir del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto, siempre y cuando no se encuentren en situación de incapacidad temporal o de prestación por riesgo durante el embarazo. En el supuesto de gestación múltiple, este permiso se iniciará el primer día de la semana 35 de embarazo.