Información para el personal que trabaja en la Administración General de Aragón sobre los traslados del Salud
Los profesionales que trabajen en la Administración General de Aragón y quieran participar en el concurso de traslados del Salud deben tener en cuenta varias cuestiones, entre ellas que el código de solicitud es el 9999
Solicitud:
- El código personal desde la plaza que concursamos, para los trabajamos fuera del Salud, es 9999
Junto con las solicitudes de traslado al Servicio Aragonés de Salud, debes registrar también en papel, Se deberán llevar los documentos originales para que las fotocopias puedan ser compulsados en el mismo registro.
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- fotocopia del DNI
- fotocopia de nombramiento como funcionario/a de carrera
- fotocopia de la Diligencia de la última Toma de Posesión
- fotocopias de los servicios prestados en la DGA y otras Administraciones Públicas fuera del Salud
- en el caso de excedencia por cuidado de hijos o familiar a su cargo, fotocopia compulsada de resolución de la concesión y certificación acreditativa de continuidad en esa situación.
Aclaraciones:
- Para tenerse en cuenta los servicios prestados COVID fuera del Salud, bastará con adjuntar los servicios prestados de dicho periodo. Así como se aconsejamos también, que se suban en la plataforma de RRHH Salud en el apartado de "crisis sanitaria" de compromiso con la organización.
- Las compañeras de la Administración General que durante esta pandemia no habéis trabajado en un centro sociosanitario del IASS, recomendamos también, que subáis los servicios prestados en la plataforma de RRHH Salud como si hubierais trabajado en uno de ellos. Seguiremos reclamando vuestra puntuación.
- Las enfermeras que aprobasteis la OPE de 2014(ultima OPE de la DGA) debéis poner en el apartado de "fecha de toma de posesión último destino en propiedad" de la solicitud, 26/01/2018, fecha correspondiente a la toma de posesión del destino provisional. Así como presentar las fotocopias tanto de la Diligencia de la Toma de Posesión de destino definitivo como de destino provisional (este último es el que deben tener en cuenta a efectos de permanencia en el puesto); además, os aconsejamos que adjuntéis este BOA.