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Permisos para familias monoparentales para trabajadores de la Administración General de Aragón

Se ha aprobado en la Mesa Sectorial de la Administración General es decir, este permiso es de aplicación sólo para funcionarios de la DGA, el reconocimiento de permiso por nacimiento, por adopción, por guarda con fines de adopción o acogimiento, tanto temporal como permanente y lactancia, para empleados públicos que formen una unidad familiar monoparental.Esta instrucción se ha publicado en el BOA de 30 de junio.

Esto supone que el disfrute de los permisos previstos en la Instrucción es independiente y compatible con los recogidos en los artículos 48 f), 49 a), b) y c) del EBEP. Ósea, los funcionarios y laborales de la DGA que formen parte de una familia monoparental disfrutaran de los permisos de conciliación dos veces, una por ser empleado público y la otra por ser empleado público con la condición de familia monoparental (en total aproximadamente 40 semanas, incluida la lactancia) , el fin es que se equipare el tiempo de que disponen las familias monoparentales en estos permisos con el que disponen las familias con dos progenitores.

El /la funcionaria tras haber disfrutado de su propio permiso por nacimiento , por adopción, por guarda con fines de adopción, o acogimiento, tanto temporal como permanente, así como la lactancia acumulada, podrá pasar a disfrutar de otras 16 semanas de permiso por nacimiento, por adopción, por guarda con fines de adopción, o acogimiento, tanto temporal como permanente ( ampliable en una semana más en el supuesto de discapacidad del hijo y por cada hija a partir del segundo, en caso de parto múltiple) , tras este podrá hacer uso a su vez de otro permiso de lactancia en cualquiera de sus modalidades.

Además se incluye una novedad en caso de fallecimiento: En caso de fallecimiento de quien está disfrutando los permisos contemplados en los artículos 48 f, 49 b) y c) del EBEP, el otro progenitor podrá hacer uso de la parte que reste de los mismos. Hasta ahora si la madre biológica fallecía el otro progenitor podía hacer uso del permiso de la madre, pero no ocurría así cuando el fallecido era el otro progenitor, con esta nueva redacción del permiso se resuelve esa situación de desigualdad.